Circo ibérico…

– “Yo le pagaba en mano a Pujol y a (Miquel) Roca directamente”, “Les di hasta 4.500 millones para CiU”.

– “Me parece muy bien que se tapara lo del rey, porque es el Jefe del Estado y todo eso”.

– “Belén Suárez en el juicio tapó lo de Pujol, y lo del rey, lo de Felipe, Aznar, Rajoy …”.

– “Me dieron 200 millones de tres: Botín, Suqué y de Sumarroca, para entregárselos a Trías”.

– “De Jorge Fernández no os fiéis, aunque le tengáis cariño”, “y no olvidéis que Jorge (Fernández Díaz) ha vivido de Pujol”.

– “El que tiene que ir (por FCC), y no digáis nunca que os lo he dicho yo, es un tal Jordi Piera”.

– “Hay un “negocio” que aún no ha descubierto nadie, el de General Lab, vendido a Labco, del que los Sumarroca tienen el 30%, y al que le dieron toda la sanidad de Catalunya”.

– “Hablaban del dinero de “fuera” (de Artur Mas) con toda tranquilidad, pero no del de su padre, no: del de él, que se lo guarda Felip Massot”.

– “La base del despacho de Roca son los contratos de toda la administración con él, a cambio de no contar lo del hijo (de Pujol)”, “un chantaje”.

– “La agencia de detectives Método 3 es de la novia del hermano de Pérez Rubalcaba”

– “Ya sabes que en esa conversación se habló de Jorge Fernández, de que golpeaba a su mujer, de sus locuras”.

– “A Josep (Pujol), lo pescaron con una pick-up llena de dinero en efectivo en la frontera entre Argentina y Chile”

– “…Y Arturo Fasana, tú y yo sabemos que tiene en su cuenta 300 millones del rey, aunque también están ahí ‘los Albertos’”

– “A Garzón se lo cargaron por esto, no por nada más, porque sin querer había tocado una tecla que no debía tocar”

– “Venían a las ocho y media de la mañana: Rato, su hermano, Aznar… a llevarse maletas llenas de dinero”, “lo tuve que grabar en vídeo porque los de KIO no se lo creían”.

– “De las ITV’s hay mucho más que sacar, yo os puedo ayudar”

… y muchas más.

Fuente: http://iniciativadebate.org

Especulando con deuda pública…

Tenía que suceder más pronto que tarde, el Martes el Tesoro español por primera vez en su historia, se financió a tipos de interés negativos. En concreto colocó 725 millones de euros a seis meses, con un tipo medio del -0,002% y un tipo marginal del 0%, lo que significa que la mayoría de los inversores pagaron por financiar al Estado español. Para que lo entendamos, la mayoría de inversores han pagado 1.000,01 euros por título y a fecha de vencimiento, el día 16/10/2015, recibirán 1.000 euros, desde luego no parece ser la inversión del siglo, más bien parece que les esté apeteciendo quemar dinero. Por otra parte, el también se han colocado 3.921 millones de letras a 12 meses, a un tipo medio del 0,006%.

TesoroEl gran beneficiado es, como no, las Cuentas Públicas debido a que la carga de intereses desciende, al menos por ahora. El año pasado, la caída de las rentabilidades de los bonos españoles, permitió que descendieran las previsiones en concepto de pago de intereses en 5.000 millones de euros, gracias a que se colocó deuda a un tipo medio del 1,5%, siendo mejor año de la historia. En lo que va de año, el Tesoro se está financiando a un interés medio del 1%, todo un récord histórico.

Aunque estos datos sean nuevos en España, en Europa los tipos de interés negativo son toda una tendencia y en gran parte del territorio europeo vemos como los inversores están dispuestos ha adquirir bonos con rentabilidades negativas a fecha de vencimiento. Irlanda y España son los casos, por ahora, más moderados en rentabilidades negativas con sus Letras a seis meses y el escenario más disparatado es Suiza, cuyos bonos a diez años cotizan al -0,062%. El escenario europeo sobre los intereses negativos se distribuye de la siguiente manera:

Continue reading «Especulando con deuda pública…»

Ley Mordaza…

¿Cómo ve ampliado su poder la policía?

Almeida se muestra contundente: “El mayor efecto liberticida de la ‘ley mordaza’ es la desaparición de las garantías procesales que otorgaba el antiguo Código Penal: se sustituyen los jueces por policías, al sustituir las faltas penales por infracciones administrativas”.

Según el abogado, “esta forma de legislar tiene tristes antecedentes históricos: era la práctica habitual en regímenes totalitarios. y evidencia un desprecio absoluto al poder judicial. Desde el 15M han sido numerosas las sentencias absolutorias en juicios de faltas contra los activistas que ejercían la desobediencia civil pacífica. Al despenalizar las faltas, desaparecerán los jueces y las garantías del proceso penal para ser sustituidos por multas de policías a los que la ley otorgará total credibilidad”, sostiene el abogado. “Ante un juez se puede debatir si una determinada conducta está amparada por la ley. Discutir ante la policía supondrá ser detenido por desobediencia”.

¿Puede volver a producirse un 15M?

“En la práctica”, explica Almeida, “las diferentes sanciones por manifestarse suponen una prohibición retroactiva del 15M. Todo cuanto se hizo a partir de mayo de 2011, aprovechando al límite las libertades reconocidas por la Constitución, queda ahora prohibido. Además de ello, se construyen liderazgos ficticios de las manifestaciones para evitar el ‘efecto Fuenteovejuna’ tan característico de la Spanish Revolution: toda manifestación tendrá un responsable aunque se limite a apoyar el hashtag de convocatoria por Twitter”.

¿Y un 25O?

Son infracciones graves, por ejemplo, manifestarse frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado o los parlamentos autonómicos cuando perturben gravemente la seguridad ciudadana. Almeida recuerda el caso de la manifestación Rodea el Congreso, declarada lícita por el juez Santiago Pedraz. “Esa protesta podría ser sancionable con arreglo a la ‘ley mordaza’.

¿Afecta a las acciones de la PAH?

También oponerse a la disolución de una manifestación, así como la desobediencia o resistencia a la autoridad en cualquier caso, especialmente en casos de desahucios.

¿Y a Femen?

La norma recoge como infracción leve el “exhibicionismo obsceno”.

¿Y GreenPeace?

La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.

¿Será posible continuar recogiendo testimonios gráficos de los abusos policiales?

“Mucho más grave desde el punto de vista del derecho a la información”, añade el abogado, “es la posibilidad de sancionar a quien fotografíe a policías: la ley incluso permite que se incaute la cámara a los fotoperiodistas como instrumento para la comisión de la infracción”.

¿E intentar ayudar a la persona que está siendo objeto del abuso policial?

Insultar a un agente de la policía (las “faltas de respeto y consideración” hacia las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado) también se sancionará como infracción leve. “Es otro supuesto donde se ataca el derecho a la libertad de expresión”, afirma Almeida. “La ponderación de ese derecho con el derecho al honor siempre debería estar sujeta a un criterio judicial y no policial en un proceso con las debidas garantía. La ‘ley mordaza’ está pensada para que en la calle la policía sea al mismo tiempo juez y parte, además de ostentar el monopolio de la violencia”.

Entonces, ¿tendremos que quedarnos sentados?

La resistencia pasiva será objeto de sanción administrativa de acuerdo con la ‘ley mordaza’ y podría ser hasta delito”.

¿Lo llaman democracia y no lo es?

  1. Ley de seguridad ciudadana (ley mordaza)
  2. Reforma del Código Penal (cadena perpetua)
  3. Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (Tasa Google)
  4. Tramitación parlamentaria de las reformas de la ley de Enjuiciamiento Criminal (control y vigilancia ciudadana)

Fuentes: www.elespanol.com, www.europapress.es.

¿Por qué no hay que limpiar los ríos?

RíosCada vez que asistimos a la crecida de un río emergen las voces de los habitantes ribereños −alcaldes, agricultores y cualquier persona de la calle− reclamando la “limpieza” del cauce y asegurando, además sin ningún género de duda por su parte, que la inundación está siendo grave “por culpa de que el río no está limpio”.

Esta interpretación popular de los hechos, tan errónea como abrumadoramente unánime, resulta muy llamativa y se manifiesta en ríos grandes y pequeños y en cualquier rincón de la Península. Los medios de comunicación, además, no la ponen en duda, y constituyen un altavoz permanente de esta demanda.

La idea de que “hay que limpiar el río” está, por tanto, profundamente enraizada. Quizás provenga de esa mentalidad ancestral de tantas labores de manejo tradicionales, como eliminar la maleza y mantener “limpios” los bosques para que no se quemen. Quizás sea porque en el pasado los cauces se “limpiaban” con frecuencia y sin contemplaciones, sabiendo que no servía de nada, a modo de “actuación placebo”, pero se hacía para mantener callado y agradecido al personal y para ganar votos. En una encuesta reciente en Francia solo los mayores de 65 años siguen planteando esta medida para luchar contra las inundaciones (“es algo simbólico, la tradición, aunque no sea efectivo”). Quizás sea porque en España aún se sigue haciendo cuando se puede, es decir, cuando se pueden evitar o regatear las normativas ambientales. Así, los gestores públicos se acogen a los procedimientos de emergencia (sinónimo de ausencia de control ambiental) tras cada crecida para meter las máquinas “limpiadoras” en el río. Quizás sea que hay intereses económicos en estas prácticas, dinero público disponible para ello y fuerte presión desde las empresas del sector a los organismos de gestión. Quizás sea también porque es difícil para los afectados convivir con las inundaciones y se aferran al recurso de pedir, que es gratis, y si la “limpieza” se aprueba saben que no les va a costar un euro.

Sea cual sea la causa, no hay crecida en la que no se demande la “limpieza del río”, incluso con mayor intensidad que otras típicas frases recurrentes como “si no fuera por los embalses esto habría sido una catástrofe”, “qué pena, cuánta agua se va a perder en el mar” o “vamos a eludir las trabas ambientales para ayudaros”, pronunciadas sin rubor por políticos y gestores de turno.

El tinglado está montado así. Y, desde luego, las aseveraciones de los científicos contra estas malas prácticas poco o nada se tienen en cuenta.

Continue reading «¿Por qué no hay que limpiar los ríos?»

El rey sin súbditos…

PrincipitoFruto de la abdicación de Juan Carlos I, heredero de Franco, con la aquiescencia de los medios de desinformación, el Príncipe de Asturias, coronado como Felipe VI esquivando el REFERENDÚM, dispondrá de su minuto de gloria. Por todo ello, le damos la bienvenida.

CAPÍTULO X (El Principito)

Se encontraba en la región de los asteroides 325, 326, 327, 328, 329 y 330. Empezó entonces por visitarlos para buscar en ellos una ocupación y para instruirse.

El primero estaba habitado por un rey. El rey estaba instalado, vestido de púrpura y armiño, sobre un trono muy simple y sin embargo majestuoso.

– Ah! He aquí un súbdito, – exclamó el rey cuando divisó al principito.

Y el principito se preguntó: «Cómo puede reconocerme si nunca me ha visto antes !»

No sabía que, para los reyes, el mundo está muy simplificado. Todos los hombres son súbditos.

– Acércate para que te vea mejor – le dijo el rey, que estaba muy orgulloso de ser rey para alguien.

El principito buscó con los ojos dónde sentarse, pero el planeta estaba todo cubierto por el magnífico manto de armiño. Permaneció entonces de pie, y como estaba cansado bostezó.

– Es contrario a la etiqueta bostezar en presencia de un rey – le dijo el monarca. Te lo prohíbo.

Continue reading «El rey sin súbditos…»

Tratado de libre comercio EU-EEUU (TTIP)…

Tratado libre comercio1. ¿Qué es un tratado de libre comercio?

Un tratado de libre comercio es un acuerdo que se firma entre dos o más países y que tiene como objetivo ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países firmantes. Para ello se busca la reducción o eliminación de las barreras arancelarias y no arancelarias que existen en un determinado momento entre espacios económicos. Es decir, busca la reducción o eliminación de los impuestos a la importación y de la regulación relativa a la comercialización internacional de bienes y servicios. Cuando el acuerdo se firma entre dos países es conocido como acuerdo bilateral mientras que cuando se firma entre más de dos países se denomina acuerdo multilateral. En el mundo hay más de 3.000 acuerdos internacionales de inversión, la mayoría de ellos bilaterales.

2. ¿Cuándo se ha empezado a negociar el tratado entre EEUU y la UE?

El 28 de noviembre de 2011 durante encuentro entre líderes europeos y estadounidenses se creó el Grupo de Trabajo de Alto Nivel sobre Empleo y Crecimiento (HLWG, por sus siglas en inglés). Este grupo tenía como objetivo estudiar las políticas necesarias para incrementar el comercio y la inversión entre EEUU y la UE, haciendo recomendaciones a los diferentes gobiernos. En junio de 2013 la Unión Europea y los Estados Unidos anunciaron el inicio de negociaciones para llegar efectivamente a un Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversión (TTIP, por sus siglas en inglés), también conocido simplemente como Tratado de Libre Comercio (TLC). Las conversaciones comenzaron finalmente durante el mes de julio de 2013, y se prevé que se pueda aprobar finalmente durante 2014.

3. ¿Por qué no me he enterado antes?

Aunque la Comisión Europea ha insistido en que la negociación es transparente, lo cierto es que el proceso de negociación es prácticamente secreto. No se conocen detalles concretos de las negociaciones y sólo algunos documentos filtrados desde las propias instancias europeas han permitido ir desgranando los pilares del futuro acuerdo. El negociador principal de la parte europea reconoció en una carta pública que todos los documentos relacionados con las negociaciones estarían cerrados al público durante al menos treinta años. Concretamente aseguró que esta negociación sería una excepción a la Regla 1049/2001 que establece que todos los documentos de las instituciones europeas han de ser públicos[1]. Asimismo, el comisario De Gucht aseguró en el Parlamento Europeo que la negociación del TLC debía tener grado de confidencialidad y negó la función de negociación al Parlamento[2]. Lo que supone un ataque más a la ya escasa democracia en el seno de la Unión Europea.

Continue reading «Tratado de libre comercio EU-EEUU (TTIP)…»

Tras el salto a la valla…

CETISeguro que no poca gente se pregunta qué es lo que ocurre tras el supuesto final feliz en que acaba el drama humano de la inmigración, qué ocurre con esos subsaharianos que vemos en la televisión correr por las calles de Melilla exhaustos de alegría tras haber conseguido acceder a la Ciudad Autónoma, por fin, objetivo conseguido. Qué, en definitiva, pasa con la princesa y el príncipe del cuento tras haberse dado un beso y galopar juntos hacia el horizonte ¿Qué hay después de ese horizonte? ¿Qué es lo que esperan conseguir esas 80.000 personas que, según Delegación de Gobierno de Melilla, están esperando para entrar en la ciudad?

Pues bien, ahora que los asaltos a la valla de Melilla están tan de actualidad, quiero aprovechar este espacio para tratar de acercar al público en general, desde mi posición de magistrado que ejerce sus funciones en esta ciudad, la respuesta a la pregunta del título, que en su versión más corta se resume en la siguiente frase:

En su inmensa mayoría, estos inmigrantes acaban en la península ibérica y el resto de Europa.

Me explico.

Cuando un inmigrante entra en Melilla saltando la valla (o nadando, o en patera, o por la frontera oculto en un coche, o usando un pasaporte falso) lo hace ilegalmente y, por tanto, se convierte en un inmigrante ilegal. Tras ser identificado por la policía y darle de alta en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), el Gobierno inicia contra ellos un procedimiento que, en términos generales y para no complicar la explicación, llamaremos de expulsión, regulado en la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Este procedimiento no es judicial, es administrativo. Es el poder ejecutivo tratando de devolver a un ciudadano que ha entrado irregularmente en Melilla a su país de origen. El poder judicial no dice nada. Y no intervendrá hasta que ese procedimiento administrativo de expulsión acabe, en el caso de Melilla siempre con una resolución de expulsión/devolución, pues entonces ésta puede ser (y es habitualmente) recurrida ante los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Continue reading «Tras el salto a la valla…»

La valla…

VallaEn Melilla se levantó hace tres lustros un muro ‘infranqueable’ que pretendía “impermeabilizar” los límites terrestres de la ciudad autónoma con Marruecos.

La valla de Melilla es en esencia una alambrada metálica; una barrera física de separación entre Marruecos y el enclave español, cuyo único propósito es dificultar o impedir la inmigración irregular. Está fabricada de alambre de acero y su coste inicial fue de unos 33 millones de euros. Comenzó a levantarse en 1998, primero como una sola valla y finalmente como dos barreras paralelas de tres metros de altura, que fueron recrecidas hasta los seis metros en 2005, tras la llamada ‘Crisis de la Valla’.

Estos muros metálicos, con una longitud de 10,8 kilómetros, no son el límite real entre España y Marruecos. Fueron construidas en terreno español bordeando la carretera ML-300, conocida como ‘de circunvalación’. Según palabras del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, la valla marca el límite “jurídico-político”, pero no el “geográfico-topográfico”, del territorio melillense.

Desde Marruecos, el inmigrante que pretende entrar en Melilla debe primero atravesar una carretera perimetral que el gobierno alauí está terminando de construir. Después, se encuentra con una doble alambrada de espino, a la que sigue una zanja de tierra de dos metros de profundidad y cuatro de anchura, y finalmente una pista de seguridad repleta de miembros de las Fuerzas Auxiliares y puestos de vigilancia. Todo esto antes de toparse con la valla colocada por España.

Continue reading «La valla…»

¿Por qué es tan cara la electricidad en España?

ElectricidadAunque ya tratamos anteriormente el déficit de tarifa, en esta ocasión vamos a realizar un análisis más amplio del mercado eléctrico profundizando en mayor detalle gracias al artículo de  www.economiasencilla.com :

Finalmente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido invalidar la subasta eléctrica del 19 de diciembre, por «la concurrencia de circunstancias atípicas». Dicha subasta suponía un aumento del coste de la energía de más del  25%, lo que implicaría un alza en la tarifa final del 10,5% (al que se uniría otro 1% de subida por la elevación de la parte regulada que hizo el Gobierno). Todo ello elevaría aún más la pobreza energética que ya sufren muchos hogares.

La CNMC no tiene potestad para anular la subasta, pero ha trasladado su informe a la Secretaría de Estado de Energía, que es la que ha decidido proceder a su anulación, según se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), «ante la concurrencia de circunstancias atípicas en el desarrollo de la misma y en un contexto de precios elevados en el mercado diario durante las semanas previas». El ministro de Industria, José Manuel Soria, ha llegado a calificar la subasta de «burda manipulación».

¿Por qué ha subido más de un 70% en los últimos seis años?

¿Cómo ha llegado España a ser uno de los países con la electricidad más cara de Europa?

¿Qué es el déficit de tarifa?

¿Cómo es posible que a pesar de los altos precios, el déficit de tarifa siga aumentando?

¿Por qué, a pesar de ello, las eléctricas tienen grandes beneficios?

Continue reading «¿Por qué es tan cara la electricidad en España?»

Jurado popular…

Jurado popular1. ¿Por qué existe jurado popular en España?

Porque así lo establece la Constitución. En su artículo 125 dice “Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine”. La Ley del Jurado se aprobó 16 años después de promulgarse la Constitución, en 1995.

2. ¿Por qué algunos delitos se juzgan con jurado y otros no?

Se juzgan con jurado los delitos que establece la ley en su artículo 1: contra las personas, los cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus cargos, contra el honor, contra la libertad y la seguridad y delitos de incendios. La reforma del código procesal penal, cuya propuesta ya se está tramitando, prevé reservar el jurado popular sólo para casos de asesinato.

3. ¿Y por qué en algunos asesinatos sonados, como el de Marta del Castillo, no hubo jurado?

La ley del jurado establece ciertas excepciones para los casos que concentran varios delitos, además del asesinato. En el el caso de Marta del Castillo hubo violación, ocultación de cadáver, etc. Hay que ver cada caso concreto y determinar si el objetivo principal del autor es o no la comisión de un delito competencia del del Jurado. Si se produce un desacuerdo entre las partes respecto al sistema del juicio, puede haber recursos y que sea la Audiencia Provincial la que termine decidiendo si interviene el jurado o no.

4. ¿Por qué la ley española permite a un jurado juzgar delitos tan graves como el asesinato y no otros como la evasión fiscal?

Por la complejidad técnica que suelen llevar aparejada los delitos económicos, así como otros parecidos que requieran de una formación específica para emitir un juicio apropiado sobre ellos. En la Exposición de Motivos de la Ley del Jurado, aclara que se han elegido determinados delitos para ser juzgados por un jurado porque son más sencillos que otros.

Continue reading «Jurado popular…»

EPA y la bajada del paro…

EPA

Los datos arrojados por la Encuesta de Población Activa revelan que el paro ha disminuido el tercer trimestre de 2013 (julio, agosto y septiembre). Cuando leemos o escuchamos una comunicación así, instantáneamente pensamos que es una buena noticia. Pero lo cierto es que el paro puede descender por muchos motivos, y ello no siempre responde a causas de las que podamos alegrarnos. Para comprender fácilmente las formas por las que el paro puede descender (o aumentar) y así poder saber si hay motivos de alegría o no, presentamos un diagrama sencillo que nos permite abordar la problemática de una forma rápida y sencilla.

Con el siguiente recuadro azul se representa toda la población residente en el territorio español:

EPA1 Continue reading «EPA y la bajada del paro…»

Élites educativas…

Colegio PilarListado de antiguos alumnos del Colegio Nuestra Señora del Pilar. Es un colegio privado católico, propiedad de la Fundación Domingo Lázaro (Compañía de María (Marianistas)) situado en Madrid:

Doctrina Parot y sentencia del Tribunal de Estrasburgo…

EstrasburgoDada la relevancia mediática que ha tomado la sentencia en el caso Del Río Prada (pdf) de La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Tribunal de Estrasburgo) acerca de la aplicación retroactiva de la doctrina Parot, vamos a intentar arrojar algo de claridad al respecto:

Inés del Río fue juzgada bajo el Código Penal franquista de 1973, en 1987, por el atentado en la Plaza República Dominicana, siendo condenada a 3.828 años de cárcel. Dicho Código Penal establecía el máximo legal de permanencia en prisión en 30 años (actualmente son 40), por el cual debería quedar en libertad tras el resultante de restar a 30 años los beneficios penitenciarios y la prisión provisional (si la hubiere, no es el caso). Es decir: 1987 + 30 = 2017 – 9 (beneficios penitenciarios) = 2008.

Entre dicha condena (1987) y su estimada puesta en libertad (2008), se redacta un nuevo Código Penal, concretamente el Código Penal de 1995, que, tras la reforma legislativa del 2003, en su artículo 78, dice:

1. Si a consecuencia de las limitaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 76 la pena a cumplir resultase inferior a la mitad de la suma total de las impuestas, el juez o tribunal sentenciador podrá acordar que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional se refieran a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias.

La mencionada modificación fue aplicada de forma retroactiva en 2006 a Henri Parot, sentenciado en 1990 a 4.800 años de prisión, fruto de la resolución a un recurso presentado donde Parot solicitaba aunar las 26 sentencias condenatorias y aplicar sobre ella (es decir, sobre 30 años y no sobre 4.800 años) los beneficios penitenciarios. Esta resolución establecía jurisprudencia, es decir, una doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (por lo general, el Tribunal Supremo o Tribunales Superiores de Justicia) que se repiten en más de una resolución. Nacía así la doctrina Parot.

Continue reading «Doctrina Parot y sentencia del Tribunal de Estrasburgo…»

Proyecto Castor…

Proyecto Castor¿Qué es el proyecto Castor?

El proyecto Castor es un depósito estratégico artificial de gas natural situado frente a la costas de Castellón y Tarragona, en aguas territoriales españolas del Mar Mediterráneo. El depósito es el quinto y más grande de los existentes o planificados en España, creado para suplir la demanda energética española de gas natural en caso de escasez o cese de las importaciones. El proyecto Castor puede almacenar un máximo de 1900 millones de metros cúbicos de gas natural, suficiente para suministrar el equivalente a 50 días de consumo en España.

Comenzó sus operaciones en mayo de 2012, dando inicio el 10 de abril de 2012 la primera inyección de gas. Es propiedad de la empresa Escal UGS (participada en un 66,67% por ACS).

¿Cómo funciona?

El depósito del proyecto Castor aprovecha la existencia de un antiguo yacimiento petrolífero agotado en los años 70, el de Amposta, para inyectar gas natural proveniente de la red estatal de gaseoductos a una profundidad de 1750 m bajo el mar. El gas se desvía de la red desde una estación situada en localidad de Vinaroz hasta la plataforma marina por medio de 30 kilómetros de gaseoducto submarino. La inyección de gas en el depósito, que puede durar 6 meses para llenarlo completamente, desplaza al agua que se encuentra en la roca caliza de naturaleza porosa. El gas queda atrapado en el depósito gracias a la existencia de rocas impermeables en estratos superiores que lo sellan. Para recuperar el gas guardado en el depósito se inyecta agua, se extrae el gas que debe ser tratado y se devuelve a la red de gaseoductos. Una parte del gas inyectado en el depósito, denominado «gas de colchón», es irrecuperable pero esencial para el correcto funcionamiento de las instalaciones.

Continue reading «Proyecto Castor…»

Balanza de pagos…

Comercio_balanza_comercialLa balanza de pagos se define como un registro sistemático de las transacciones ocurridas entre los residentes de un país y el resto del mundo. En palabras más sencillas: se apuntan todos los pagos e ingresos que realizan los agentes (personas físicas y jurídicas) de un país con los de todos los demás, ordenado según unos principios de contabilidad.

En España la balanza de pagos la realiza el Banco de España, y la suele elaborar trimestral y anualmente. Las balanzas de pagos se suelen elaborar siguiendo la normativa dictada por el FMI. La presencia de una normativa internacional común hace que las distintas balanzas de pagos de los países puedan ser comparadas.

Normalmente la balanza de pagos es la hermana fea de las variables económicas; el déficit fiscal y el nivel de empleo suele ser noticia en los informativos de televisión, en cambio no suele ser noticia de primera plana el déficit de la cuenta corriente. Hablando de déficit hay que destacar que normalmente en la calle se suele hablar de un déficit en la balanza de pagos, aunque técnicamente eso no es cierto. La balanza de pagos tiene que estar equilibrada. Cuando en la calle se habla de déficit en la balanza de pagos, suele ser en la cuenta corriente, una de las subdivisiones de las que se compone la balanza de pagos:

  • 1. La cuenta corriente recoge las transacciones de bienes y servicios que se realizan. Se divide entre la balanza comercial (en la que se recogen la compra y venta de mercancías), la balanza de servicios (en la que se recogen las transacciones de servicios, como turismo o consultoría), la balanza de rentas (en la que se recogen los frutos de las rentas de trabajo y capital, como los trabajadores fronterizos y los dividendos ) y la balanza de transferencias (dónde se recogen las transferencias hechas con el exterior, como las remesas de los emigrantes o los fondos europeos).

Continue reading «Balanza de pagos…»