Disgenesia…

Disgenesia es un término opuesto a la eugenesia, y es utilizado por algunos científicos actuales para caracterizar la selección de variables genéticas negativas. En términos médicos, es el desarrollo defectuoso de una parte del cuerpo durante su vida intrauterina que será causa de malformaciones.

La disgenesia se utiliza para indicar una reducción en la presión de la selección natural en el hombre actual. El hombre primitivo vivía en un ambiente hostil y poco confortable, conviviendo de cerca con la posibilidad de la extinción, hecho que se traducía en una selección natural extremadamente rigurosa, que mantenía una baja frecuencia de genes nocivos y promovía una adaptación cada vez más precisa a su ambiente. Con el desarrollo de diferentes tecnologías (desde la confección de abrigos hasta trasplante de órganos) el humano pasó a adaptar el ambiente a sus preferencias en lugar de adaptarse biológicamente a él. El resultado fue una distensión de la selección natural y un aumento de la variabilidad genética, ya que muchos genotipos inviables en tiempos primitivos ahora tienen posibilidades de supervivencia y reproducción (por ejemplo, miopes y diabéticos hubieran tenido poca probabilidad de supervivencia hace 50 000 años). Esto hace que esas características aumenten su frecuencia fenotípica.

Si bien algunos consideran a estas características como defectos que se acumulan en la humanidad (llegando a argumentar que dicha acumulación podría causar en el mediano plazo la extinción de la especie), también pueden ser interpretados como características que simplemente se adaptan a un nuevo medio con disponibilidad de tecnología, por lo que en contraposición al caso anterior podría decirse que se ha generado un nuevo sistema evolutivo a raíz del ser humano e igualmente paralelo al natural en el que por razones diversas un individuo podría predominar sobre otro (por ejemplo personas con desordenes sociales y trastornos mentales tienen menos posibilidades de supervivencia que en el entorno natural de hace 5000).

Fuentes:

Reinosa…

Se cumplen 30 años de la retención del presidente de Forjas y Aceros por los obreros de la fábrica la víspera de su toma de posesión como consejero de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco y de la rendición de un grupo de guardiaciviles en un callejón sin salida de la capital de Campoo.

La reconversión industrial había venido afectando fuertemente a la localidad cántabra, de 13.000 habitantes en aquella época, con la pérdida de 2.000 puestos de trabajo durante los dos años previos; además dicha reconversión, que aún no se había cerrado, amenazaba todavía a, al menos, 1.000 puestos de trabajo más.

En diciembre ya había habido protestas en otra empresa local, Cenemesa (actual Gamesa), en tanto que Farga Casanova (la actual Forjas de Cantabria) había presentado un expediente de regulación de empleo. Durante esa primavera de 1987 la principal amenaza provenía de los planes de reconversión de la empresa siderúrgica Forjas y Aceros de Reinosa, S.A. (la antigua Naval y Sidenor y la actual SIDENOR), que empleaba 1.763 trabajadores y preveía la reducción de plantilla hasta 1.300 empleados.

Como resultado de los enfrentamientos ocurridos en Reinosa y su comarca los días 12 de marzo y 4, 5, 15 y 16 de abril de 1987, y en los que la Guardia Civil empleó helicópteros, tanquetas, vehículos todoterreno, un camión blindado, balas de goma, botes de humo y munición real contra trabajadores que usaron a su vez piedras, tirachinas, tuercas, tornillos, bolas de acero y barricadas, se produjo un balance de un trabajador muerto, 15 heridos graves, un herido menos grave y 128 leves, con mayoría de heridos de entre los trabajadores. Los trabajadores retuvieron durante unas horas contra su voluntad al exdirector de Forjas y Aceros, cortaron la carretera Santander-Palencia y la vía férrea Santander-Madrid, así como los accesos a Reinosa; por su parte, la Guardia Civil ocupó varias veces Reinosa y Matamorosa, además de realizar una petición a las emisoras de radio locales para que divulgaran una información «más benevolente que objetiva».

Los días 6 y 7 de mayo, a raíz de la muerte de Gonzalo Ruiz, se produjeron sendas huelgas generales en Reinosa y su comarca, con paros de dos horas en el resto de Cantabria el día 7 (fecha del entierro del trabajador muerto). Además, durante la campaña electoral para las autonómicas y municipales, realizaron mítines en Reinosa los principales líderes de AP e IU. Por su parte, en el mitin del PSOE del 30 de mayo, los oradores tuvieron que soportar los insultos, pitadas e incluso una lluvia de huevos y piedras. Finalmente, tras una manifestación en Madrid (3 de julio) y una ronda de nuevas negociaciones, la Dirección General de Trabajo aprobó el expediente de regulación de empleo de 436 trabajadores de Forjas y Aceros.

Ampliación: Especial desmemoriados – Reinosa 1987 (Eldiarioes Cantabria)

Fuentes:

Acusación popular…

La acción popular en España está básicamente circunscrita al proceso penal, salvo en el caso de los delitos privados, y excluida del proceso penal militar. También cabe en distintos ámbitos sectoriales, como consumo o medio ambiente.

En los últimos años, la jurisprudencia española, en concreto el Tribunal Supremo, ha establecido dos excepciones en el procedimiento abreviado (el más habitual y el que conlleva penas menores de nueve años), bastante cuestionadas: la doctrina Botín y la doctrina Atutxa.

La primera la estableció el Supremo cuando exoneró al banquero Emilio Botín de ser juzgado en un caso de cesiones de créditos. El Tribunal establecía que si el Fiscal y la acusación particular (la víctima) no acusan, no puede prosperar el proceso y no cabe abrir juicio oral, aunque la acusación popular así lo pretenda.

La doctrina Botín se articuló en el año 2007 por parte del Tribunal Supremo en un caso en el que era parte interesada el presidente del Banco Santander, Emilio Botín. Fue en el caso de las llamadas cesiones de crédito, un producto financiero que comercializó en los años ochenta y cuyo juicio ha durado 17 años. Las cesiones de crédito eran un tipo de inversión por la que el banco traspasaba a una tercera persona el riesgo de un crédito contraído con una empresa, sin que se practicaran, en la mayoría de los casos, retenciones a los rendimientos.

Esta modalidad de contrato fue comercializado por el banco Santander entre los años 1987 y 1991 y evitaba el pago de las retenciones a Hacienda, que suponían entre el 20 y el 25 por ciento de los rendimientos.  Rafael  Pérez Escolar, uno de los accionistas del Banco Santander que ejerció la acusación particular durante este tiempo, murió en septiembre del 2007, con lo que la causa se quedó sin acusación, dado que el fiscal, es decir, el Estado, decidió no intervenir. Se produjo allí la circunstancia de que sólo podía continuar la causa bajo la acusación popular.

Entonces, el Tribunal Supremo español decidió que, si no existe acusación del Estado o particular, no hay causa, es decir, que la acusación popular no es suficiente para iniciar, o continuar, un litigio.

Por tanto, en los delitos como el de blanqueo de capitales, la prevaricación, el perjudicado por el delito es el Estado, siendo sus representantes los Abogados del Estado. Preceptiva, además, es la intervención del Ministerio Fiscal. Esto lo que conlleva es que sean ellos los que deban llevar la iniciativa en la acusación del delito, según la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. Si ellos desisten de la acción, la acusación popular carece de sentido.

Poco después, el Supremo volvió a hacer una excepción que matizaba la anterior doctrina. El ex presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, fue condenado por el Supremo por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak. La defensa confiaba en la doctrina Botín, pero el Supremo estableció que ésta sólo era aplicable con delitos que dañaran a alguien concreto. Como era un caso de desobediencia y éste es contra los intereses colectivos, podía prosperar aunque sólo fuera con la acusación popular: es la conocida desde entonces como doctrina Atutxa.

Fuentes:

Tabla del nueve…

Las tablas de multiplicar… ¡qué suplicio memorístico!

Una vez aprendidas ya no se olvidan, pero cuesta mucho esfuerzo aprenderlas. ¿Y si fuese posible mediante un «truco» ahorrase aprender una de las más complicadas: la del nueve?

Para llevar a cabo este sencillo método basta con poner las dos manos en la mesa separando un poco los dedos. Asignando un número del 1 al 10 a cada dedo quedarían como en la imagen.

Pues bien, para realizar la multiplicación del número 9 por cualquiera de los primeros 10 números basta con seleccionar el dedo correspondiente al número por el cual queremos multiplicar: el número de dedos que quede a su izquierda se corresponderá a las decenas del resultado y el número de dedos que quede a su derecha corresponderá a las unidades.

¿Cómo? Veamos un ejemplo.

Supongamos que queremos multiplicar 7×9: El 7 se corresponde con el dedo índice de la mano derecha. A su izquierda hay 6 dedos y a su derecha 3. El resultado es…¡63!

BONUS: Sistema japonés de multiplicar.

Fuente: www.sabercurioso.com