Ley Mordaza…

¿Cómo ve ampliado su poder la policía?

Almeida se muestra contundente: “El mayor efecto liberticida de la ‘ley mordaza’ es la desaparición de las garantías procesales que otorgaba el antiguo Código Penal: se sustituyen los jueces por policías, al sustituir las faltas penales por infracciones administrativas”.

Según el abogado, “esta forma de legislar tiene tristes antecedentes históricos: era la práctica habitual en regímenes totalitarios. y evidencia un desprecio absoluto al poder judicial. Desde el 15M han sido numerosas las sentencias absolutorias en juicios de faltas contra los activistas que ejercían la desobediencia civil pacífica. Al despenalizar las faltas, desaparecerán los jueces y las garantías del proceso penal para ser sustituidos por multas de policías a los que la ley otorgará total credibilidad”, sostiene el abogado. “Ante un juez se puede debatir si una determinada conducta está amparada por la ley. Discutir ante la policía supondrá ser detenido por desobediencia”.

¿Puede volver a producirse un 15M?

“En la práctica”, explica Almeida, “las diferentes sanciones por manifestarse suponen una prohibición retroactiva del 15M. Todo cuanto se hizo a partir de mayo de 2011, aprovechando al límite las libertades reconocidas por la Constitución, queda ahora prohibido. Además de ello, se construyen liderazgos ficticios de las manifestaciones para evitar el ‘efecto Fuenteovejuna’ tan característico de la Spanish Revolution: toda manifestación tendrá un responsable aunque se limite a apoyar el hashtag de convocatoria por Twitter”.

¿Y un 25O?

Son infracciones graves, por ejemplo, manifestarse frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado o los parlamentos autonómicos cuando perturben gravemente la seguridad ciudadana. Almeida recuerda el caso de la manifestación Rodea el Congreso, declarada lícita por el juez Santiago Pedraz. “Esa protesta podría ser sancionable con arreglo a la ‘ley mordaza’.

¿Afecta a las acciones de la PAH?

También oponerse a la disolución de una manifestación, así como la desobediencia o resistencia a la autoridad en cualquier caso, especialmente en casos de desahucios.

¿Y a Femen?

La norma recoge como infracción leve el “exhibicionismo obsceno”.

¿Y GreenPeace?

La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.

¿Será posible continuar recogiendo testimonios gráficos de los abusos policiales?

“Mucho más grave desde el punto de vista del derecho a la información”, añade el abogado, “es la posibilidad de sancionar a quien fotografíe a policías: la ley incluso permite que se incaute la cámara a los fotoperiodistas como instrumento para la comisión de la infracción”.

¿E intentar ayudar a la persona que está siendo objeto del abuso policial?

Insultar a un agente de la policía (las “faltas de respeto y consideración” hacia las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado) también se sancionará como infracción leve. “Es otro supuesto donde se ataca el derecho a la libertad de expresión”, afirma Almeida. “La ponderación de ese derecho con el derecho al honor siempre debería estar sujeta a un criterio judicial y no policial en un proceso con las debidas garantía. La ‘ley mordaza’ está pensada para que en la calle la policía sea al mismo tiempo juez y parte, además de ostentar el monopolio de la violencia”.

Entonces, ¿tendremos que quedarnos sentados?

La resistencia pasiva será objeto de sanción administrativa de acuerdo con la ‘ley mordaza’ y podría ser hasta delito”.

¿Lo llaman democracia y no lo es?

  1. Ley de seguridad ciudadana (ley mordaza)
  2. Reforma del Código Penal (cadena perpetua)
  3. Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (Tasa Google)
  4. Tramitación parlamentaria de las reformas de la ley de Enjuiciamiento Criminal (control y vigilancia ciudadana)

Fuentes: www.elespanol.com, www.europapress.es.

Elecciones europeas II: opciones electorales…

Gracias al trabajo de elcaballerosinespada podemos sintetizar en una lista cada una de las 39 opciones, indicando su situación tanto europea como española. Aparecen ordenadas según su fortaleza dentro del Parlamento Europeo; para aquellas que no tienen presencia mediante un partido europeo, se presentan según su fuerza en escaños autonómicos, concejalías, y votos en las generales de 2011 o anteriores comicios.

Grupos europeosFuente: www.elconfidencial.com

A mayores existe una curiosa herramienta: EUvox, un cuestionario interactivo el cual, tras completarlo, nos recomienda la opción política que más se ajusta a nuestras respuestas. Se trata de un proyecto académico, desarrollado con la colaboración de 100 expertos y con estudios electorales de los 28 estados miembro, que no está afiliado a ningún partido o candidato de la UE.

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El bipartidismo de desploma…

BipartidismoFuente: www.cis.es

IMPORTANTE: No confundir «intención de voto» con «estimación de voto». El segundo es un subjetivo cocinado de los datos que realiza el CIS a placer de su amo, el Ministerio de la Presidencia:

La Intención de Voto no es más que la serie de los porcentajes de respuesta para cada partido político. Esta serie en sí misma constituye un indicador que no precisa de ninguna elaboración»; mientras que «para predecir mejor los resultados electorales, el CIS construye a partir de la Intención de Voto lo que se conoce como Estimación de Voto, que no es más que aplicar a la Intención de Voto un modelo de corrección basado en otras variables de la encuesta, la experiencia pasada, informaciones de tipo cualitativo, etc. Por este motivo, la Estimación de Voto no es un indicador comparable al resto de los que se presentan, en la medida en que su método de cálculo nunca se ha hecho público y ha cambiado con los distintos equipos de dirección del CIS. Fuente: Metodología (CIS)

Y otra esclarecedora gráfica vía Pablo Soto:

15M e intención de voto

A ti, esquirol…

esquirol.

(Del cat. esquirol, y este de L’Esquirol, localidad barcelonesa de donde procedían los obreros que, a fines del siglo XIX, ocuparon el puesto de trabajo de los de Manlleu durante una huelga).

1. adj. Dicho de una persona: Que se presta a ocupar el puesto de un huelguista.

2. adj. despect. Dicho de un trabajador: Que no se adhiere a una huelga.

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Argumento esquirol #1: «No hago huelga porque no me lo puedo permitir».

La reforma laboral supondrá con toda seguridad una rebaja generalizada de los salarios. Si no puedes permitirte dejar de ganar el sueldo de un día, menos podrás permitirte que te bajen el sueldo permanentemente, que te despidan gratis, o que si tienes 10 años trabajados en una empresa tu indemnización por despido pase a ser de 18900 euros a 7845, por poner un ejemplo. Acudir a tu puesto de trabajo es (poco) pan para hoy y hambre para mañana.

Argumento esquirol #2:«La huelga no servirá para nada».

Todas las mejoras de los trabajadores se han conquistado historicamente a través de la lucha. Nadie nos ha regalado nada. Lo que está demostrado que no sirve para nada es no hacer nada. A la pregunta de si una huelga de un día será suficiente, la respuesta es que probablemente no. Es sólo el principio, pero es un paso muy importante. Si nos imponen la reforma laboral más dura de esta «democracia» y no respondemos de forma contundente las medidas sucesivas que tome el gobierno serán aún más demoledoras. Se puede y se debe tumbar esta reforma laboral.

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[25S] Así se crean las listas negras…

Derecho de reunión [Wikipedia]: Libertad pública individual que faculta a un grupo de personas a concurrir temporalmente en un mismo lugar, pacíficamente y sin armas, para cualquier finalidad lícita y conforme a la ley. Se considera una libertad política y un derecho humano de primera generación.

Derecho de reunión [Ministerio Interior]: Concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas con finalidad determinada. La manifestación es una reunión de personas en lugares de tránsito público y que se desplazan de un sitio hacia otro. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones, se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración de orden público, con peligro para personas o bienes.

Identificaciones preventivas en las asambleas de la coordinadora del 25S en el parque del Retiro el 16 de septiembre, ya denunciadas en el aniversario del 15M por Amnistía Internacional:

A raíz de dicha actuación represiva las personas identificadas reciben citaciones judiciales de la Audiencia Nacional para declarar en calidad de imputados por la comisión de un presunto delito «contra altos organismos de la Nación«, tipificado en el Código Penal.

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