La valla…

VallaEn Melilla se levantó hace tres lustros un muro ‘infranqueable’ que pretendía “impermeabilizar” los límites terrestres de la ciudad autónoma con Marruecos.

La valla de Melilla es en esencia una alambrada metálica; una barrera física de separación entre Marruecos y el enclave español, cuyo único propósito es dificultar o impedir la inmigración irregular. Está fabricada de alambre de acero y su coste inicial fue de unos 33 millones de euros. Comenzó a levantarse en 1998, primero como una sola valla y finalmente como dos barreras paralelas de tres metros de altura, que fueron recrecidas hasta los seis metros en 2005, tras la llamada ‘Crisis de la Valla’.

Estos muros metálicos, con una longitud de 10,8 kilómetros, no son el límite real entre España y Marruecos. Fueron construidas en terreno español bordeando la carretera ML-300, conocida como ‘de circunvalación’. Según palabras del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, la valla marca el límite “jurídico-político”, pero no el “geográfico-topográfico”, del territorio melillense.

Desde Marruecos, el inmigrante que pretende entrar en Melilla debe primero atravesar una carretera perimetral que el gobierno alauí está terminando de construir. Después, se encuentra con una doble alambrada de espino, a la que sigue una zanja de tierra de dos metros de profundidad y cuatro de anchura, y finalmente una pista de seguridad repleta de miembros de las Fuerzas Auxiliares y puestos de vigilancia. Todo esto antes de toparse con la valla colocada por España.

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[22M] Disturbios en Marchas de la dignidad y Convenio de Ginebra…

I Convenio de Ginebra para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campaña: Este tratado se aplica en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre las partes contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra. También se aplica en caso de ocupación total o parcial del territorio, aunque la misma no encontrase resistencia. Todas las personas que no participen en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate, serán tratadas con humanidad, sin distinción alguna. Se prohíben los atentados contra la vida y la integridad corporal, la toma de rehenes, los atentados contra la dignidad personal, las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante tribunal legítimo y con garantías judiciales. Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos. En cada conflicto cada parte podrá tener una Potencia Protectora o un organismo que ofrezca garantías de imparcialidad, para ocuparse de salvaguardar sus intereses. Los miembros de las fuerzas armadas que estén heridos o enfermos tienen que ser respetados y protegidos en todas las circunstancias.

La secuencia del vídeo sin cortes desde otra cámara aquí. Importante contextualizar los hechos y ser conscientes de que son, han sido, y posiblemente continuarán siendo la excepción a la regla.

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