Separación de poderes…

PoderesA veces parece que lo de la separación de poderes es un poco ficticio. Por ejemplo, la justicia. Ahí tenemos el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Tribunal Supremo (TS) y Tribunal Constitucional (TC). Estas tres instituciones son muy importantes a nivel legal, por lo que es vital conocer su composición.

El CGPJ tiene como principal función velar por la garantía de la independencia de los jueces y magistrados frente a los demás poderes del Estado. Se compone de 20 jueces y un presidente. ¿Quién elige a estos jueces? Los eligen a medias el Congreso y el Senado por mayoría de tres quintos. Las asociaciones profesionales de jueces hacen una primera lista de 36 candidatos. De ellos en una primera ronda el Congreso selecciona a 6, luego el Senado elige otros 6 de entre los que quedan, luego el Congreso otros 4, y luego el Senado los 4 restantes. Es un poco como cuando éramos niños, para hacer los equipos en el recreo, ¿verdad? Dado que en el Senado el PP tiene más de los 3/5, ahí tienes que directamente 10 jueces serán los que el PP diga. En el Congreso no tienen los 3/5 necesarios pero casi (necesitan 210, de los cuales el PP tiene 186, y no le resultará muy difícil conseguir los 24 que le faltan: solo CiU ya tiene 16), por lo que es de esperar que al menos 6 (yo diría que hasta 8) de los jueces del CGPJ elegidos por el Congreso serán los que diga el PP. A esto hay que sumarle el presidente, teniendo en cuenta que los dos que ha habido desde 2001 han sido de corte muy conservador. Es decir, que en la próxima renovación del CGPJ la gran mayoría de sus miembros (prácticamente todos, yo calculo que en torno al 90%) estarán designados por el PP.

El Tribunal Supremo es el tribunal de última instancia en todos los casos, salvo cuando afecte a lesión de derechos y libertades constitucionales, donde manda el Tribunal Constitucional, o que en el ámbito penal el Rey aplique el derecho de gracia (indulto). Quitando estas dos excepciones, una sentencia firme del TS no puede ser apelada ni recurrida. Está compuesto por un presidente y un número indeterminado de magistrados. ¿Quién elige a estos magistrados? ¡El CGPJ! Es decir, que si tenemos un CGPJ con una clarísima mayoría de conservadores, sería bastante normal que el TS acabe siendo también de mayoría conservadora.

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